I.- Regularizar la situación de los profesionales EESTO para obtener el título de especialista de Enfermería por la vía que se considere más justa y oportuna, para aquellas enfermeras de todo el territorio español con experiencia y formación en alguna de las 6 especialidades reconocidas en el Real Decreto 450/2005, de 22 de abril, que han realizado o realizarán vía excepcional:
- Enfermería de Salud Mental
- Enfermería del Trabajo
- Enfermería Geriátrica
- Enfermería Pediátrica
- Enfermería Familiar y Comunitaria
- Enfermería de Cuidados Médico-Quirúrgicos
II.- Defender los derechos de las enfermeras sin título de especialista que trabajan en alguna de las áreas de las 7 especialidades reconocidas en el Real Decreto 450/2005, de 22 de abril:
- Enfermería Obstétrico-Ginecológica (Matrona)
- Enfermería de Salud Mental
- Enfermería del Trabajo
- Enfermería Geriátrica
- Enfermería Pediátrica
- Enfermería Familiar y Comunitaria
- Enfermería de Cuidados Médico-Quirúrgicos
III.- Instar a la Administración a que desarrolle adecuadamente las especialidades que quedan pendientes (Enfermería de Cuidados Médico-Quirúrgicos y Enfermería Familiar y Comunitaria), de manera que abarque a todas las profesionales EESTO.
IV.- Solicitar a las administraciones autonómicas que se implanten las categorías de enfermeras especialistas en todas las comunidades de una manera más homogénea y equitativa, sin perjudicar en ningún caso los derechos adquiridos por las EESTO que trabajan en áreas especializadas.
Nota aclaratoria: En este documento el término “enfermera” se utiliza en sentido genérico, aludiendo a los profesionales de ambos sexos.